EDUCACIÓN VIAL
Los accidentes de tránsito son de alto grado prevenibles y evitables.
El consumo de alcohol y el incumplimiento de las normas especialmente el exceso de velocidad, figuran entre las primeras causas de los accidentes viales.
El alcohol en la conducción es una de las principales causas de muerte en la vía pública, ya que aunque muchas personas no lo noten, un solo vaso de vino, cerveza, etc. Disminuye la capacidad de conducción por lo que se aconseja nada de alcohol al conducir. No obstante la ley de transito establece un límite máximo tolerado de alcohol en sangre para conducir vehículos de 500 miligramos por litro. Para quienes conduzcan motocicleta, ciclomotores 200 miligramos y para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido el consumo.
Luego de consumir alcohol, no conduzca:
• Los movimientos son menos precisos.
• Disminuye los reflejos.
• Aumenta el tiempo de reacción.
• Se calcula mal la distancia.
• Disminuye el campo visual.
• Se pierde sentido del equilibrio.
• Aumenta la fatiga.
Todo esto genera una alta probabilidad de accidente y pone en riesgo la vida propia y de terceros.
Por lo tanto es una de las infracciones más severamente castigadas.
Requisitos para conducir
Para conducir vehículos por la vía pública el conductor debe:
• Tener como mínimo 17 años de edad para poder solicitar la licencia de conducir y ser reconocido capaz por el derecho civil.
• Ser titular de solo una licencia que lo habilite para conducir el tipo de automotor con el que circula, la que será expedida por la autoridad competente de su domicilio. La licencia tiene validez máxima de cinco años, lapso que disminuirá con la mayor edad del titular, debiendo en cada renovación aprobar el examen psicofísico.
El conductor (Condiciones para conducir)
Los conductores deben:
• En la vía pública, circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito. Cualquier maniobra debe advertirse previamente, realizarse con precaución, y efectuarse siempre que no cree riesgos al tránsito ni afecte la fluidez del mismo.
• Utilizar únicamente la calzada sobre la derecha y en el sentido señalizado respetando las vías o carriles exclusivos y los horarios de transito establecidos.
La circulación
Para los vehículos:
•En la vía pública se debe circular respetando las indicaciones de la autoridad competente, las señales de tránsito y las normas legales, en ese orden de prioridad.
• Serán requisitos indispensables para la circulación vehicular en la vía pública:
• Cedula verde identificadora del vehicula
• Certificado de habilitación técnica vehicular.
• En caso de transporte de pasajeros, carga o de otra naturaleza, contar con la habilitación correspondiente, al tipo de servicio que este prestando.
• Llevar licencia de conductor con la habilitación correspondiente al tipo de vehículo.
• Portar comprobante o certificado de cobertura que acredite fehacientemente la vigencia del seguro de responsabilidad civil hacia terceros.
• Poseer matafuegos y balizas portátiles reglamentarias.
• Que el número de ocupantes no supere lo normado por la legislación de transito el conductor mas cuatro acompañantes o pasajeros.
• Que en motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados, sus ocupantes lleven colocados cascos reglamentarios y si los mismos no tuvieran parabrisas, su conductor deberá llevar anteojos de seguridad.
Punto Ciego
Los puntos ciegos son las áreas de visión no cubiertas por los tres espejos retrovisores: central, en el interior del vehículo, lateral derecho e izquierdo, y por la visión directa delantera. Esto significa que hay una zona que el conductor no ve. Ajuste el espejo retrovisor interior y los espejos laterales exteriores para reducir los puntos ciegos. Los puntos ciegos son zonas que usted no puede ver detrás de su automóvil (a ambos lados) a través de los espejos retrovisores. Verifíquelo girando la cabeza a la derecha e izquierda o bien incorporando el torso al mirar por los espejos externos, sobre todo al ingresar a la autopista o semiautopista.
Ajuste el espejo exterior de modo que pueda ver el extremo de la manija de su puerta delantera en el extremo inferior derecho del espejo. Esto le permite ver una parte de los carriles de tránsito a la izquierda y detrás de su automóvil.
Para comprobar sus espejos retrovisores, deje que un vehículo se adelante por la izquierda. Cuando desaparezca del retrovisor interior, usted debe poder ver su paragolpes frontal en el retrovisor lateral.
Control del Volante
En el manejo normal, debe mantener las dos manos en la mitad superior del volante. Mantenga el volante con la máxima firmeza que pueda a medida que vaya incrementando la velocidad del automóvil.
Mantenga el automóvil en el centro del carril en el que se encuentra. Manténgase a la derecha si maneja por un camino de dos vías con tráfico en dirección contraria. Una vez que haya comprobado cómo reacciona el automóvil a su manejo, usted estará preparado para intentar hacer giros, estacionar y otros movimientos.
La forma en que sujeta el volante es importante. Piense en el volante como si tratara de un reloj. En el manejo normal, mantenga su mano izquierda a las nueve (9) horas y la derecha a las tres (3) horas. Su agarre debe ser firme, pero no demasiado fuerte.
Mantenga las dos manos sobre el volante en todo momento, salvo cuando tenga que realizar una señal manual. Hace falta práctica para acostumbrarse al tacto del volante. Nunca dé volantazos bruscos mientras frena si tiene frenos antibloqueo.
Manejar Marcha Atrás
Pasos a seguir:
• Antes de moverse, asegúrese que el camino esté despejado. Su campo de visión hacia atrás está limitado. Puede haber un niño jugando detrás del automóvil. Para controlar la dirección del automóvil mientras retrocede, gire el volante en la dirección en la que desee que vaya la parte posterior del mismo. Al girar el volante hacia la derecha, la parte posterior del automóvil girará hacia la derecha. Al girar el volante hacia la izquierda, la parte posterior del automóvil girará hacia la izquierda.
• Ponga la mano izquierda en la posición de doce (12) horas de reloj sobre el volante para retroceder en línea recta. Gire la cabeza y el cuerpo hacia la derecha hasta poder ver claramente a través de la ventana posterior. Coloque la mano y el brazo derecho en la parte posterior del asiento delantero, sujete la parte superior del volante con la mano izquierda, y seleccione el punto hacia donde desea manejar el automóvil.
• Cuando maneja hacia atrás, recuerde que la parte delantera del automóvil girará en sentido contrario del giro de la parte posterior. No se base únicamente de los retrovisores cuando retrocede. Retroceda lentamente.
• Según la ley Nº 2148, está prohibido circular hacia atrás, excepto:
• Que no sea posible hacerlo hacia delante ni cambiar el sentido de la marcha mediante un giro.
• Para realizar maniobras complementarias de detención o estacionamiento.
Cuando rinda el examen de manejo para obtener la licencia para conducir, debe demostrar que es capaz de manejar correctamente hacia atrás.
Prohibiciones
Queda terminantemente prohibido durante la circulación en la vía pública realizar las acciones que a continuación se describen:
• Circular contramano, sobre los separadores de transito o fuera de la calzada, salvo sobre la banquina en caso de emergencia.
• Disminuir arbitraria y bruscamente la velocidad, realizar movimientos zigzagueantes o maniobras intempestivas.
• Girar sobre un vía pública para circular en sentido opuesto.
• Obstruir el paso de vehículos o peatones en una esquina aun con derecho de hacerlo, si del otro lado de la misma no hay espacio suficiente para poder circular.
• Conducir a una distancia del vehículo que lo precede, menor de 6 metros, de acuerdo a la velocidad de marcha.
• Circular marcha atrás, excepto para estacionar, egresar o ingresar a un garaje o calle sin salida.
• La detención irregular sobre la calzada, el estacionamiento sobre los separadores de transito, rotondas y banquina, salvo casos de emergencia.
• En curvas, esquinas, puentes o cimas de cuestas de la vía pública y otras zonas peligrosas, adelantarse o cambiar de carril, detenerse injustificadamente y/o no respetar la velocidad precautoria.
• Cruzar un paso a nivel cuando las barreras estén bajas, con señales de advertencia en funcionamiento o la circulación del tránsito obstaculizada por un semáforo o por un embotellamiento, detenerse sobre los rieles o a menos de 5 metros de ellos.
• Circular con cubiertas en falla o sin la profundidad de dibujo reglamentaria de la banda de rodamiento.
• A los conductores de bicicletas, ciclomotores, motocicletas, triciclos cuadriciclos motorizados, circular entre carriles en las vías multicarril, asedios de otros vehículos o enfilados inmediatamente detrás de otros automotores o sin apoyar sobre la calzada la totalidad de las ruedas.
Prioridades.
Todo peatón o conductor de vehículo que llegue a una bocacalle o esquina debe ajustarse a las indicaciones del agente de tránsito o las que expresan los aparatos lumínicos y/o las señales fijas. Ante la falta de tales indicaciones, los peatones y conductores procederán de la siguiente forma:
• En las zonas urbanas, el peatón tiene prioridad sobre los vehículos para atravesar la calzada por la senda peatonal y los conductores deberán:
• Al aproximarse a la senda peatonal, reducir la velocidad.
• En las bocacalles sin semáforo, cuando sea necesario, detener por completo su vehículo para ceder espontáneamente el paso a los peatones, para que estos puedan atravesar la calzada siguiendo su marcha normal.
• Cuando realicen un giro para circular por una calzada transversal a la que transitaban, deben respetar la prioridad de paso de los peatones que atraviesan dicha vía pública por la senda peatonal deteniendo el vehículo.
• El conductor que llegue a una bocacalle o encrucijada debe en toda circunstancia ceder el paso al vehículo que circula desde su derecha hacia su izquierda, por una vía pública transversal. Esta prioridad es absoluta y solo se pierde cuando:
• Exista señalización especifica en contrario-
• Los vehículos públicos de urgencia que en cumplimiento de sus funciones realicen las señales de advertencia especificadas.
• Circulen vehículos por una vía de mayor jerarquía: autopistas, semiautopistas, rutas y carreteras. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener su marcha.
• Haya peatones que cruzan lícitamente por la senda peatonal o de seguridad habilitada como tal.
• Se ha de ingresar a una rotonda.
• Desde una vía pública de tierra se va a pasar a circular a una vía pavimentada.
• Para cualquier otra maniobra goza de prioridad quien conserve su derecha.
• Los vehículos que siempre tienen prioridad de paso son las ambulancias, bomberos, y patrulleros.
• Llegando a un paso a nivel ferroviario, la prioridad de paso la tiene siempre el vehículo que egresa del paso a nivel ferroviario.
• En una arteria de doble sentido de circulación, si la mano por la que se circula se encuentra obstruida, se debe ceder el paso a los vehículos que circulen en el sentido opuesto.
Normas para efectuar el adelantamiento
Tanto los adelantamientos como los sobrepasos deben realizarse siempre por carriles ubicados a la izquierda del vehículo a rebasar y en sectores donde la visibilidad no se vea perturbada por ningún factor. Excepcionalmente, se puede adelantar por la derecha cuando el vehículo que lo precede indique claramente su intención de girar o detenerse a su izquierda, o cuando en un embotellamiento la fila de la izquierda no avanza o es más lenta. Debe advertirse la intención de sobrepaso a quien lo precede, por medio de destellos de las luces frontales.
La maniobra se debe señalizar poniendo el giro izquierdo antes de iniciarla y, una vez efectuada, se coloca el giro derecho para indicar que se va a retomar la vía de circulación. La maniobra no debe interferir la marcha del vehículo adelantado. El vehículo que ha de ser sobrepasado deberá, una vez advertida la intención de sobrepaso, tomar las medidas necesarias para posibilitarlo, circular por la derecha de la calzada y mantenerse, y eventualmente reducir su velocidad.
No debe realizarse la maniobra de adelantamiento en sectores con delimitación de carriles de trazo continuo. Tampoco debe iniciarse la maniobra estando próximo a una encrucijada.
En caso de que varios vehículos quieran adelantar a otro, tiene prioridad el que circula inmediatamente detrás del vehículo a adelantar, y así sucesivamente. Está prohibido adelantar en puentes, túneles, pasos a nivel o lugar peligroso, bocacalles y curvas.
El adelantamiento de un vehículo a otro debe hacerse obligatoriamente por la izquierda conforme a las siguientes reglas:
• El que sobrepase debe constatar previamente que a su izquierda la vía este libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo, y que ningún vehículo desde atrás este a su vez sobrepasándolo.
• Debe tener visibilidad suficiente y no iniciar la maniobra si se aproxima a una esquina, curva, rotonda, puente, cima, de la vía pública o lugar peligroso o ámbito donde el señalamiento vial lo prohíba el sobrepaso.
• Debe advertir al que le procede su intención de sobrepaso por medio del destello o guiñada con las luces altas o con la bocina en la zona rural. En todos estos casos debe utilizar el indicador de giro izquierdo desde que inicia el desplazamiento lateral hasta concluirlo.
• Debe efectuar el sobrepaso rápidamente, de forma tal de retomar a su lugar a la derecha, sin interferir la marcha del vehículo sobrepasado, esta última acción debe realizarse con el indicador de giro derecho funcionando.
• El vehículo que ha de ser sobrepasado debe, una vez advertida la intención de sobrepaso, mantener su circulación por la derecha de la calzada y eventualmente reducir su velocidad, quedándole totalmente prohibido realizar maniobras en contrario.
• Excepcionalmente se puede adelantar por la derecha cuando:
• El conductor del vehículo que lo antecede ha indicado su intención de girar o detenerse a su izquierda. Esta maniobra deberá realizarse con extrema precaución no entorpeciendo la circulación de los vehículos que lo suceden.
• En un embotellamiento producido en vías de dos o más carriles, cuando la fila de la izquierda no avanza o lo hace con extrema lentitud.
• El conductor debe tener en cuenta que para decidir adelantarse a otro vehículo en circunstancias normales de tomarse todo el tiempo que el necesite y considere necesario. Hay que recordar que las normas de adelantamiento no son aplicables en proximidades de puentes, curva, vías férreas, bocacalles, pendientes y túneles, ya que en esos lugares no debe realizar esta maniobra.
• Para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierdo, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso.
Giros y rotondas
Para realizar un giro debe respetarse la señalización y observar las siguientes reglas:
• Advertir la maniobra con suficiente anticipación, mediante la señal luminosa correspondiente, que se mantendrá hasta la finalización del giro.
• Circular como mínimo desde 30 metros antes, del costado más próximo al giro a efectuar.
• Reducir la velocidad paulatinamente girando a una marcha moderada dando siempre la prioridad al peatón.
• Reforzar con señal manual cuando el giro se realice para ingresar en una vía pública de poca importancia o en un predio frentista.
• Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será interrumpida sin detenciones, quedando libre la zona central no transitable a la izquierda. Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar. Se debe ceder el paso al que intenta egresar.
• En una rotonda se puede efectuar un adelantamiento siempre y cuando se realice por la izquierda de vehículo que lo antecede.
• Si un conductor va a realizar un giro con la luz del semáforo que lo autoriza y en ese momento se encuentra cruzando un peatón debe ceder el paso.
Señales de giro
Usted debe poder escuchar el "clic" de la señal y ver la luz intermitente en el tablero de mandos. Si no funcionan, haga arreglar las señales lo antes posible. Mientras tanto, use señales de mano.
Señalización de Maniobras
Toda maniobra a realizar debe ser señalizada:
El cambio de carril debe indicarse cinco (5) segundos antes poniendo el giro del lado correspondiente;
La intención de doblar debe señalizarse treinta (30) metros antes de realizar la maniobra, y debe colocarse en el carril correspondiente con la misma anticipación, evitando cruzarse a último momento frente a los demás autos que están circulando;
La intención de detenerse, cuando implique riesgo para los otros conductores, o cuando exista riesgo en la vía, debe señalizarse previamente con las balizas;
En cruces de bocacalles sin semáforos, a la noche, es obligatorio realizar juegos de luces altas/bajas. Ante estas circunstancias, lo aconsejable es realizar un guiño altas/bajas.
Vías públicas reguladas por semáforos
Los vehículos deben:
• Con la luz verde a su frente, avanzar.
• Con la luz roja detenerse antes de la senda peatonal marcada a tal efecto, o de la línea imaginaria que la delimita evitando luego de cualquier movimiento.
• Con la luz amarilla detenerse, salvo que dicha señal se encienda cuando el vehículo esta traspasando le senda peatonal o ha superado la línea marcada a tal efecto en la esquina.
• Con la luz amarilla intermitente, circular con precaución, respetando las prioridades de los peatones.
• Con la luz roja intermitente se advierte la presencia de un cruce peligroso, detener la marcha y solo reiniciarla y solo reiniciarla cuando se observa que no exista riesgo alguno.
• La velocidad máxima permitida es la señalizada para la sucesión coordinada de las luces verdes sobre la misma vía, respetando las velocidades máximas para cada tipo de arteria.
• Debe permitirse finalizar el cruce iniciando por otro vehículo o peatón y no comenzar el propio aun con luz verde habilitante.
• En las vías de doble mano, aun con más de un carril por mano está prohibido el giro a la izquierda, salvo señal que lo permita.
Vías multicarriles
En las vías con dos o más carriles de circulación el transito debe ajustarse a lo siguiente:
• Se debe advertir anticipadamente con la luz de giro correspondiente la intención de cambiar de carril.
• Ningún conductor debe estorbar la fluidez del tránsito, circulando a menor velocidad que la determinada para el carril que transita.
Autopista y semiautopistas
En las autopistas y semiautopistas, además de lo establecido para las vías multicarriles, rigen las siguientes reglas:
• No pueden circular peatones, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados, bicicletas, maquinaria especial o todo tipo de vehículo que desarrolle velocidades inferiores a 50 kilómetros por hora.
• Los vehículos que sufran desperfectos mecánicos tendrán como prioridad advertir, con balizas, las circunstancias a los demás conductores, procurando desplazar su vehículo fuera de la calzada; ambas acciones deben realizarse.
Formas de estacionamiento
Para estacionar en la vía pública rigen las siguientes disposiciones:
• En las vías públicas pavimentadas o mejoradas fuera de las zonas urbanas, queda prohibido el estacionamiento de vehículos en calzadas o banquinas, debiendo hacerse en la zona adyacente de una sola mano.
• En todas las vías públicas es estacionamiento deberá hacerse exclusivamente sobre la derecha, salvo señalización de lo contrario.
• En calles doble mano está prohibido estacionar, salvo señal que lo permita.
• Antes de una bocacalle, no debe estacionarse a menos de 5 metros de la línea de edificación transversal. No debe estacionarse frente a las puertas de garajes o a menos de 10 metros de cada lado de las paradas señalizadas para el ascenso y descenso de pasajeros del transporte público, hospitales, escuelas.
• En una bocacalle con pendiente, se debe estacionar colocando el freno de mano y las ruedas delanteras o traseras, según la pendiente, en ángulo con el cordón de la vereda.
• Queda prohibido con maniobra de estacionamiento empujar a los vehículos que se encuentran ya estacionados junto a la acera, debiendo guardarse como distancia entre vehículo un espacio no inferior a 30 centímetros.
Estacionar en Ángulo
El estacionamiento en ángulo se utiliza a menudo en playas de estacionamiento, centros comerciales, etc. Cuando decida estacionar en ángulo:
• Vigile el tráfico delante y detrás del automóvil.
• Señalice y empiece a reducir la velocidad.
• Asegúrese que la parte posterior de su automóvil pasará sin problemas los automóviles ya estacionados.
• Gire el volante hasta el máximo para entrar en el lugar y luego enderece las ruedas, centrando el automóvil en el espacio.
• Coloque la palanca de cambios en la posición de marcha atrás y aplique el freno de mano.
• Antes de salir retrocediendo de un estacionamiento en ángulo:
• Camine alrededor de la parte trasera del automóvil para asegurar que no haya obstáculos en el camino.
• Retroceda despacio, porque es difícil ver si viene tráfico.
• Asegúrese que no haya tráfico en el carril al que retrocede.
• Cuando pueda ver detrás de la parte superior de los automóviles estacionados al lado del suyo, deténgase y vuelva a observar si hay tráfico. Mire hacia atrás y a ambos lados para ver si hay otros conductores.
• Recuerde que la parte delantera del automóvil girará en sentido contrario del giro de la parte posterior.
• Retroceda despacio mientras gira hasta que la rueda delantera izquierda pase el paragolpes trasero del automóvil estacionado a su izquierda.
• Enderece las ruedas cuando su automóvil se comienza a incorporar en el carril de tráfico.
Estacionar en Paralelo
Este es el método más común para estacionar en las calles de las ciudades. Para los nuevos conductores, también es el método que requiere mayor práctica.
Cuanto más lento se aproxime a la zona de estacionamiento, más fácil le resultará estacionar el automóvil.
• Encuentre un espacio que sea lo suficientemente grande para que entre su automóvil.
• Señalice que va a parar. Coloque el automóvil en paralelo al automóvil situado delante del espacio, a una distancia de entre sesenta (60) y ciento veinte (120) centímetros de éste.
• Mire hacia atrás para comprobar que tiene vía libre detrás suyo antes de empezar a retroceder.
• Empiece a retroceder despacio durante unos sesenta (60) centímetros. A continuación, gire el volante todo a la derecha. Recuerde, cuando retrocede y gire, la parte delantera del automóvil se desplazará en el sentido contrario.
Velocidad precautoria
El conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuanta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía, el tiempo la densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. De no ser así, deberá abandonar la vía o detener la marcha.
Por expresa cuestión de seguridad, las velocidades mínimas están indicadas en las autopistas, semiautopistas y rutas.
Velocidades máximas
• Las velocidades máximas en calles y avenidas urbanos son de 40 km/h para las primeras y de 60 km/h para las avenidas.
• En autopistas, la velocidad máxima para automóviles y motocicletas es de 130 km/h, excepto cuando están indicadas velocidades máximas inferiores.
• En semiautopistas, la velocidad máxima para automóviles y motocicletas es de 120 km/h excepto cuando están indicadas velocidades máximas inferiores.
• En proximidad de hospitales y escuelas, la velocidad máxima permitida es de 20 km/h.
• Para automóviles, motocicletas, triciclos, cuatriciclos, autos y camiones es de 80km/h en zonas semi urbanas.
• Límites mínimos, en zonas urbanas y autopistas, la mitad del límite establecido para cada tipo de vía.
Señales del pavimento
• Línea longitudinal discontinua: separa carriles de igual sentido de circulación. Puede transponerse únicamente para adelantarse a otro vehículo, o para seleccionar el carril de giro.
• Línea longitudinal continua: delimita el carril, no debe ser traspuesta.
• Línea longitudinal dobles: dividen las corrientes circulatorias y determinan el límite extremo izquierdo del sentido de circulación del tránsito. No deben transponerse ni circular sobre las mismas.
• Senda peatonal:
• Bastones transversales a la calzada.
• Doble línea paralela. Ambas indican la zona de cruce reservada para peatones.
• Flechas de guía: establecen el sentido de circulación anticipan giros permitidos en la siguiente encrucijada.
• Cruce ferroviario: demarcación complementaria de los indicadores verticales que destacan la presencia de una vía férrea.
• Señalamiento en curvas: doble línea central con trazos continuos y discontinuos en sus extremos. quien circule de lado de la línea discontinua puede transponerla, no así quien se halle inmediato a la línea continua.
• Líneas oblicuas: anticipan la presencia de obstáculos o hacen las veces de construcciones físicas, canalizando las corrientes circulatorias. Está prohibido circular sobre las mismas.
Uso de las luces
El uso de las luces se hará de la siguiente forma:
• El encendido de las luces de alcance medio o baja de los vehículos será obligatorio en la zona rural, ruta, carretera, semi autopista y/o autopista, durante las 24 horas del día sin importar las condiciones climáticas reintentes.
• En las zonas urbanas y suburbanas deberá utilizarse en forma permanente la luz de alcance medio o baja en horario desde el crepúsculo hasta el alba y/o en casos de situaciones climáticas adversas desde el alba hasta el crepúsculo. En dichas zonas se utilizara la luz de largo alcance o larga para anunciar la llegada de un vehículo a una bocacalle o para adelantarse a otro y siempre en forma de destello o guiñada.
• El uso de la luz de largo alcance o larga es obligatorio en la zona rural, desde el crepúsculo hasta el alba, debiendo cambiar por la luz baja o media en el momento previo al cruce con otro vehículo que circule en sentido contrario, al aproximarse al otro vehículo que lo precede y cuando hubiera niebla.
• El uso de los faros antiniebla, solo estará permitido en los caminos y calles no pavimentadas ni mejoradas y cuando sea ampliamente justificado.
• No será permitido el uso de otras luces que las indicadas en la reglamentación de la presente ley ni modificaciones de colores que ella establezca.
Obligaciones y prohibiciones para la seguridad
Será obligatorio:
• El uso de cinturones de seguridad y cabezales en los asientos de los automotores para todos los ocupantes.
• En las motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclo motorizados, los conductores y acompañantes deberán usar cascos y en su caso, antiparras.
• Obligación de exhibir los documentos: Será obligatoria la exhibición de documentos, al solo requerimiento de la autoridad competente, identificada como tal ante el conductor. Se debe presentar la licencia de conducir y demás documentación exigible concerniente al automotor y la carga que transporte, la que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse.
Está prohibido:
• Conducir vehículos automotor:
• Sin licencia de conductor.
• Con licencia vencida.
• Con licencia no habilitante para el porte de vehículo que se está conduciendo.
• Con algún impedimento psicofísico que dificulte o altere la libertad y disminuya la capacidad conductiva para el debido control sobre el vehículo.
• Utilizar durante la conducción de un vehículo, auriculares y/o sistemas de comunicación manual. Para hacerlo deberá detener el vehículo.
• Llevar animales en el asiento delantero, estos deberán ser transportados en el asiento trasero y atados con correas de modo tal que no puedan saltar al asiento delantero.
• Estacionar o detenerse en puentes y túneles por cuestiones de seguridad.
• Aumentar la velocidad cuando otro vehículo ha iniciado la maniobra de adelantamiento, ya que constituye una infracción grave con la seguridad de las personas.
Corresponde disponer la detención de los vehículos en los siguientes casos:
• Por negarse el conductor a exhibir los documentos, labrándose acta de infracción y hasta que se normalice la situación.
• Por circular vehículos automotores sin chapas de identificación.
• Por no encontrarse el vehículo en prefectas condiciones de seguridad.
• Por orden del tribunal competente.
• Por expresa disposición de la autoridad de transito en razón del orden y la seguridad pública establecida.
• Por no poseer un comprobante con cobertura vigente que acredite un seguro de responsabilidad civil hacia terceros.
• Cuando, tratándose de un vehículo del servicio del transporte o maquinaria especial, no cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo o su conductor no lleve la documentación prevista.
• Cuando el número de ocupantes supere la cantidad prescripta.
• Cuando los vehículos estén excedidos en peso o infracción a las reglas sobre transporte de cargas o cargas peligrosas.
• Cuando lo vehículos fueran conducidas por no habilitados, o personas que no cuentan con licencia s de conducir.
• Cuando se hubieren polarizado y /o ennegrecidos los vidrios, de modo tal que restrinjan la visón desde o hacia el interior del vehículo. Ni pueden modificarse las tonalidades originales de fábrica.
• Cuando un conductor se encuentre bajo efectos de embriagues o bajo la acción de estupefacientes, o cuando con posterioridad a la emisión de la licencia en periodo de habilitación haya tenido problemas agudos de salud que le impidan conducir.
Significación de la cedula de identificación.
La tenencia de la cedula de identificación o cedula verde, siempre que no se encuentre vencida, acreditara derecho o autorización para usar el automotor, pero no eximirá de la obligación personal de llevar la licencia para conducir de mas documentación establecida.
Circulación sin chapas.
La circulación sin alguna o amabas chapas de identificación reglamentarias de vehículo se considera falta grave, dando lugar, en caso de no contar con ninguna, al inmediato secuestro del mismo por parte de la autoridad competente. A tal efecto serán responsables por igual el propietario y el conductor de dicho vehículo.
Baja de registro
En casos de accidente reiterados, mala conducta o inhabilitación especial decretada por autoridad competente, se dispondrá la baja correspondiente en el registro y en ese caso, el retiro de la licencia de conductor.
Sanciones
Las sanciones por infracciones a la ley son de cumplimiento efectivo, no se aplicaran con carácter condicional ni en suspenso y consisten en:
• Multa.
• Inhabilitación accesoria para conducir vehículos o determinada categoría de los, en cuyo caso se debe retener la licencia habilitante.
• Arresto no redimible.
Normas generales de conducción y circulación:
• La banquina es una zona de circulación auxiliar a utilizar únicamente en casos de extrema necesidad.
• Se considera detención cuando un vehículo esta inmovilizado reglamentariamente por un tiempo no mayor que el necesario para el ascenso o descenso de personas o carga y descarga de elementos.
• Cuando se circula entrando o saliendo de playas de estacionamiento, talleres, estaciones de servicio, garajes o cualquier otro lugar por el cual se deba atravesar la acera, se debe hacer a paso de hambre y sin alarmar o molestar al peatón.
• Los niños, hasta 12años, deben viajar en el asiento trasero y con el cinturón de seguridad puesto.
• Siempre se debe tomar el volante del vehículo con las 2 manos.
• El comportamiento en una curva debe ser entrar en la misma despacio, sin frenar y acelerar al salir de la curva.
• Cuando un vehículo que circula de frente encandila, se debe desviar la vista del foco de encandilamiento, mantener las luces bajas, y tomar como referente las líneas de lado derecho de la calzada o cordón.
• De noche se debe circular más despacio, más atento y más separado del vehículo que se encuentra adelante.
• Cuando se circula en caminos de reducida visibilidad, se debe reducir la velocidad y llevar las luces reglamentarias encendidas.
Consejos para el uso del Cinturón de Seguridad:
• Abróchese el cinturón de seguridad tanto de cintura como de hombro, en cada caso desplazamiento, así sean viajes cortos.
• En el cinturón de tres puntos, la banda del hombro debe ir colocada por el centro del hombro, por encima de la clavícula, y cruzando a la altura del esternón. En ningún caso, debe ir colocada por encima del cuello. Si aún utilizado la corredera no se logra colocar como corresponde, es necesario el uso de un suplemento para subir el talle de la persona.
• Lleve el cinturón de seguridad de cintura debajo del abdomen y cruzando a las caderas. Nunca debe ir colocada sobre el estómago.
• También las mujeres embarazadas deberán llevar colocado siempre el cinturón de seguridad. La banda abdominal deberá ir lo más ceñida posible a la región pelviana para evitar toda la presión sobre el vientre.
• Sepa cómo ajustar los cinturones de seguridad y cómo liberarse de ellos si tiene que salir rápidamente del automóvil.
• Abróchese el cinturón de seguridad si va en el asiento trasero; utilice el cinturón central si se utiliza ese asiento. Los cinturones de seguridad ayudan a los pasajeros al impedir que sean despedidos hacia adelante.
• Nunca deje que más de una persona viaje con el mismo cinturón de seguridad.
• Durante el viaje, los pies se deberán mantener siempre en la zona reposapiés y nunca sobre el tablero o la banqueta.